La justicia ha absuelto a Alberto Chicote una vez más después de que el dueño de un restaurante de comida china que el chef investigó en ¿Te lo vas a comer?, uno de sus programas en La Sexta, lo denunciara por un delito de supuestas coacciones.
El propietario del local logró que un juzgado de Zaragoza obligara al presentador de Atresmedia a declarar durante este mes de marzo. Según la demanda, el dueño del negocio solo había autorizado al cocinero a grabar la zona en la que se atiende al público y no la parte interior del establecimiento.
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El empresario acusó a Chicote de desoír sus órdenes y colarse en su cocina para grabar el interior de las neveras, despensas y los documentos que sirvieron para que la policía acabara cerrando el restaurante. Finalmente, la justicia ha vuelto a dar la razón a Chicote "del delito que se le imputaba", tal y como informa Bluper.
La justicia da la razón a Chicote tras ser denunciado por el dueño de un restaurante de comida china
Según la sentencia, "en ningún momento" el propietario del comercio declaró "expresamente su oposición a que el personal de prensa que acompañaba a la Policía Local o el presentador accedieran a la cocina, al sótano o a otras dependencias del local, ni mostraron alguna queja porque entraran en zonas interiores del establecimiento, ni pidieron que se marcharan". El auto tampoco recoge que el propietario hubiese limitado el acceso al equipo de La Sexta a grabar solo la parte de atención al público.
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Por otro lado, el dueño del restaurante de comida china había pedido la prohibición de las imágenes que supuestamente se habían grabado sin su permiso, unas medidas cautelares que fueron aceptadas en primera instancia por la jueza con el fin de "proteger a la víctima y evitar un daño irreparable a la misma".
El requerimiento fue trasladado a Cuarzo, productora del programa de La Sexta, que acabó personándose también en la denuncia al verse perjudicada por esta decisión. Por ese motivo, la compañía pidió una caución al denunciante, a modo de fianza, por el perjuicio que la causaba a la empresa la no emisión de esas imágenes. La jueza aceptó la solicitud, estipulándola en 6.000 euros.